• Urgencias penales: llamar al 11-6755-5363 Dr. Adrián Villanueva y al 11-5529-1573 Dr. Franklin Carrizo. Asistencia penal las 24 Hs para urgencias.

Civil.

Derecho civil

Cobertura civil, entre otros:

• Redacción de Cartas Documento.
• Mediaciones. Lo acompañamos a las audiencias.
• Daños y perjuicios.
• Sucesiones.
• Divorcios.
• Contratos (compraventa, locación, de obra).
• Reclamos ante Defensa del Consumidor.
• Juicios Ejecutivos. Deudas de expensas.
• Accidentes de tránsito. Reclamos a Compañías de Seguros.
• Baja en planes de ahorro automotor.
• Desalojos, Ejecución de Alquileres (locadores y Locatarios).
• Mala Práxis profesional (médicos, abogados, etc).

Asistencia civil. Actor y demandado

Accidente automotor

Actuamos rápidamente para tu mejor satisfacción Accidente

Ocurrido el accidente, es importante tome distintos recaudos a fin de lograr el cobro del seguro para la reparación del daño y lesiones ocasionadas por el accidente. Depende de cada caso se intentará la vía administrativa con la misma aseguradora o directamente en mediación que, en el caso de no arribar a un acuerdo y cerrada esta, se inicia el reclamo judicial.
Recaudos: Tome los datos personales del conductor, del vehículo y del seguro del tercero. Si hubiera testigos tome sus datos personales y de contacto. No asuma culpas de ningún tipo.

La documentación necesaria en principio y en líneas generales es la siguiente:
• Documento Nacional de Identidad del reclamante.
• Título de propiedad del automotor.
• Registro de conductor vigente al momento del accidente.
• Dos presupuestos que comprendan la total reparación del vehículo discriminando mano de obra y repuestos.
• Fotografías color de la unidad donde se observen claramente los daños sufridos y la patente.
• Fotografías color de la unidad del tercero donde se observen claramente los daños sufridos y la patente.
• Denuncia administrativa realizada en su compañía aseguradora y certificado de cobertura del firmado por un responsable de la misma. Si el automotor no hubiera contado con seguro vigente al momento del siniestro.


Usucapión.

La usucapión o prescripción adquisitiva veinte añal, otorga al poseedor la titularidad dominial del inmueble que ocupan de forma definitiva. Se requiere la iniciar la usucapión veinteañal:
• Posesión continua, ostensible y pacifica durante 20 años.
• Tener pagos los servicios (no hace falta que estén a nombre del poseedor).
• Haberse comportado como dueño durante 20 años.
• La prueba que acredite el tiempo de posesión: testigos, pago de impuestos, realización de mejoras, etc.

Reivindicación.
Por el contrario, la reivindicación intenta recuperar la posesión del dueño titular registral. Acción (o proceso judicial) que debe realizarse antes de cumplirse los 20 años para no perder el derecho.



Divorcio exprés.

Cada conyuge debe ser asistido por un letrado el cual comprende nuestro servicio. Ocasionalmente los juzgados permiten que en un divorcio bilateral (concensuado) ambas personas puedan ser asistido por un solo abogado. Inscripción de la sentencia de divorcio express se encuentra incluida en el presupuesto (sólo CABA)



Sucesiones

Sucesiones intestadas o testamentarias. Trabajamos con sucesiones en CABA y provincia de buenos aires, excepcionalmente en otras zonas del país. El causante debe tener domicilio en CABA o provincia de Bs As.



Desalojos. Posesión.

Tanto el desalojo para recuperar el inmueble como la defensa de la posesión requieren actuaciones inmediatas, rápidas y eficaces a fin de direccionar todo el esfuerzo en mira de la defensa a plantear.